Taller en Sevilla sobre factura electrónica. Convertir la obligatoriedad en rentabilidad

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Las claves del PIN de 24 horas: Qué es, para qué sirve, cómo obtenerlo

La Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, reguladora de los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones y declaraciones informativas de naturaleza tributaria ha introducido en nuestro ordenamiento una nueva figura tributaria destinada en exclusividad a las personas físicas: el PIN de 24 horas.

Se trata de una herramienta que permite identificarnos ante la A.E.A.T. a la hora de realizar trámites telemáticos pero mucho más sencilla de utilizar que los tradicionales certificados digitales, que incluso nos va a permitir realizar trámites telemáticos desde dispositivos móviles (tablets, smartphones, etc.)

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Fuente: ConTuNegocio.com

Las 4 formas de realizar pagos telemáticos de deudas tributarias en nombre de terceros

A pesar del tiempo que llevamos trabajando con los medios electrónicos, informáticos y telemáticos, en ocasiones dejamos de hacer cosas o nos complicamos la vida, simplemente por el desconocimiento que, sobre algunas materias tenemos.

Seguro que pagar una autoliquidación, una liquidación o tasa por vía electrónica no nos plantea a día de hoy ningún tipo de problema, ya que podemos hacerlo, bien a través de la sede electrónica de la A.E.A.T. mediante el uso de un certificado electrónico, pero también a través de la banca electrónica, utilizando en este caso como medio de identificación una clave de usuario y una contraseña, una opción que resulta quizás más fácil en supuestos como el de las cuentas mancomunadas, ya que de hacerlo a través de la sede electrónica, implicaría tener instalados en el ordenador todos los certificados electrónicos de los cotitulares de la cuenta, mientras que el segundo bastaría con conocer las claves de cada uno de los titulares.

Sin embargo el problema surge a la hora de pagar las deudas otro obligado tributario, en la mayoría de los casos, las deudas de los clientes de los profesionales tributarios; y no porque sea algo difícil, sino más bien, por el hecho de desconocer las distintas formas que tenemos de hacerlo.

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Fuente: BlogCanalProfesional

Los Gestores Administrativos se reúnen en Málaga para hablar de redes sociales y Administración Electrónica

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Coincidiendo con el 60º Aniversario del Colegio de Gestores Administrativos de Málaga y organizado por el Consejo Andaluz de Colegios de Gestores Administrativos, se celebró el pasado día 3 de octubre en Málaga el CONGRESO SOBRE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y REDES SOCIALES.

Durante la mañana intervinieron representantes de diferentes Administraciones Públicas para hablar sobre las novedades y los pasos que se estaban dando en materia de ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA dentro de cada ámbito y se presentaron las nuevas herramientas que se estaban poniendo a disposición de los administrados con el fin de facilitar los trámites telemáticos y electrónicos.

En la jornada de tarde se habló de las REDES SOCIALES y el Gestor Administrativo así como del potencial que puede aportar su correcta utilización a este colectivo de profesionales.

Más información y descarga de las ponencias.

La #AEAT y la Cámara de Comercio de Sevilla organizan una Sesión Divultativa sobre la Campaña de Declaraciones Informativas 2012 y otras novedades tributarias

La Agencia Estatal Tributaria de Sevilla ha organizado en colaboración con la Cámara de Comercio de Sevilla una de las tradicionales Sesiones Divulgativas sobre la próxima Campaña de Declaraciones Informativas 2012. La sesión es totalmente gratuita y va dirigida a Asesorías Jurídicas, Despachos, y todo tipo de empresas que cumplan sus obligaciones tributarias. Los datos de la celebración son los siguientes:

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Diferencias entre el nuevo registro electrónico de apoderamientos de la A.G.E. y el de la A.E.A.T.

Desde que se publicara la Orden HAP/1637/2012, de 5 de julio(B.O.E. del 25) que aprobó el nuevo Registro Electrónico de Apoderamientos y que entrará en vigor el próximo dia 25 de septiembre, son muchas las consultas que me han venido haciendo amigos y conocidos por todos los medios con una serie de dudas que se les ha planteado.

Efectivamente, esta nueva figura ha planteado algunos interrogantes tanto entre aquellos usuarios que ya veníamos utilizando desde hace tiempo su homólogo dentro del ámbito tributario como entre los que no lo utilizan pero han oído hablar de él. ¿Qué ocurrirá entonces con el Registro Electrónico de Apoderamientos creado por la A.E.A.T en febrero de 2004? ¿Van a coexistir? ¿Se fusionarán? ¿Son idénticos o presentan diferencias?

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Las formas de identificación ante la A.E.A.T. para la realización de trámites electrónicos

La Ley 11/2007, de 22 junio permitió a las Administraciones Públicas que los ciudadanos pudieran utilizar diferentes sistemas de identificación y autenticación a la hora de realizar trámites on line. Alguna Administración, como la Agencia Estatal Tributaria dió un paso más y aprobó la Resolución de 17 de noviembre de 2011, que reguló otas formas de identificación y autenticación distintas de la firma electrónica avanzada.

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