Archivos Mensuales: febrero 2011
Jornada en Córdoba sobre “Sistema de notificaciones tributarias electrónicas obligatorias, certificados digitales y facturación electrónica”
Seminario en Sevilla sobre Procedimiento de Notificiaciones Electrónicas para las Empresas
Foro Wolters Kluwer asesores 2011
Read more… http://foroasesores.wke.es
Jornada formativa sobre la Ley Organica de Protección de Datos
El 40% de los directivos teme sufrir una inspección por operaciones vinculadas
Sobre Gestión Tributaria y el régimen sancionador
Jornada sobre el Mercado Alternativo Bursátil (MAB). Fuentes Alternativas de Financiación Empresarial
Taller práctico sobre “La Protección de Datos de carácter personal en el ámbito empresarial”
Jornada de Sinergia Empresarial en Córdoba
I Congreso Nacional de Interoperabilidad y Seguridad
El Club de Innovación, con la colaboración y apoyo de la Federación Española de Municipios y Provincias y del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública ha organizado el I Congreso Nacional de Interoperabilidad y Seguridad, que tendrá lugar los próximos 22 y 23 de febrero en Madrid.
OBJETIVOS
- Avanzar de forma sistematica en la aplicacion de el Real Decreto 3/2010 de 8 de enero por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ambito de la Administracion Electronica, asi como el Real Decreto 4/2010 de 8 de enero por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ambito de la Administracion Electronica
- Analizar el estado del arte en la materia, identificar tendencias y proponer soluciones
- Establecer criterios comunes entre las administraciones que han de aplicar los EE.NN y las empresas proveedoras
- Ayudar a la aplicacion practica e implantacion de estos esquemas en todos los niveles de las AA.PP.
DIRIGIDO A:
- Sector Publico: o Responsables politicos: Consejeros, Directores Generales y Subdirectores Generales de las diferentes administraciones publicas o Responsables tecnicos: Directores de area y Jefes de Servicio de Informatica, sistemas, organizacion RR.HH. O Responsables juridicos: Secretarios, Interventores. Intervencion general, Jefes de Servicios Juridicos
- Sector Privado. Empresas de software, hardware, consultoria, asesoramiento, o Consejeros delegados, Directores Generales, Directores de Administracion Publica, Directores Comerciales, Gerentes de cuentas de AA.PP. etc.
CONDICIONES DE INSCRIPCION:
- Asistentes pertenecientes al sector Publico, asistencia gratuita (debe comprobarse la pertenencia al sector publico)
- Asistentes sector privado, coste de la inscripcion 290 euros + IVA.
- Proximamente mas informacion en www.cnis.es
Conferencia en Málaga sobre Cloud Computing
El próximo 18 de febrero tendrá lugar a las 9:30 h. de la mañana una conferencia bajo el título “Cloud Computing” en la que participará Reza Malekzadeh, Vicepresidente de Marketing de Nimbula, que presentará las oportunidades y retos que el Cloud Computing presenta para los negocios, consumidores y sector público, y analizará los factores claves a tener en cuenta antes de “saltar a la nube”.
Programa:
- 9:15 h. Recepción y control de asistentes.
- 9:30 h. Bienvenida e Introducción.
D. José Antonio Boccherini Bogert, Profesor de Sistemas de Información (Instituto Internacional San Telmo).
D. Juan Rosas, Director General de la Fundación de la Innovación Bankinter. - 9:45 h. Mesa Redonda.
“Cloud Computing”
Modera:
D. José Antonio Boccherini Bogert, Profesor de Sistemas de Información (Instituto Internacional San Telmo).
Ponente: Mr. Reza Malekzadeh, Vicepresidente de Marketing de Nimbula. - 10:30 h. Debate.
- 11:00 h. Cierre.
Lugar de celebración:
Instituto Internacional San Telmo
Av. Carlos de Haya, 165. 29010 MÁLAGA.
Análisis y reflexiones sobre el artículo 99.tres de la Ley del IVA
I. Introducción y objeto del trabajo
El presente trabajo pretende analizar y reflexionar sobre los dos primeros párrafos del artículo 99.tres de la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido (en adelante LIVA) y, en concreto, en cuanto al primer párrafo, si es posible dejar a la conveniencia del sujeto pasivo del Impuesto el ejercicio del derecho a la deducción en cualquier momento dentro del plazo de cuatro años desde que se devengó la cuota deducible. En cuanto al segundo párrafo, si es precisa la contabilización previa en el Libro registro de facturas recibidas de las cuotas soportadas para su deducción.
Los textos sometidos a estudio son los siguientes:
“El derecho a la deducción sólo podrá ejercitarse en la declaración-liquidación relativa al período de liquidación en que su titular haya soportado las cuotas deducibles o en las de los sucesivos, siempre que no hubiera transcurrido el plazo de cuatro años, contados a partir del nacimiento del mencionado derecho.
Cuando hubiese mediado requerimiento de la Administración o actuación inspectora, serán deducibles en las liquidaciones que procedan, las cuotas soportadas que estuviesen debidamente contabilizadas en los libros registro establecidos reglamentariamente para este impuesto, mientras que las cuotas no contabilizadas serán deducibles en la declaración-liquidación del período correspondiente a su contabilización o en las de los siguientes. En todo caso, unas y otras sólo podrán deducirse cuando no haya transcurrido el plazo a que se refiere el párrafo anterior.
Fuente: Noticias Juridicas.com

